16 de febrero de 2010
Al cumplirse el día de hoy cuatro años de la creación de la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos Contra Periodistas (FEADP), se anunció la renuncia del Dr. Octavio Alberto Orellana Wiarco, así como la designación de su nuevo Titular. ARTICLE 19 exhorta a que el recién nombrado Fiscal Especial, Lic. Gustavo R. Salas Chávez, impulse y garantice la investigación efectiva de las agresiones contra periodistas y combata la impunidad prevaleciente.
Conforme con los principios y estándares internacionales que debe cumplir toda entidad encargada de la investigación y persecución del delito, el Fiscal Especial deberá:
* Contar con independencia de gestión;
* Garantizar la ausencia de conflictos de interés;
* Contar con las capacidades técnicas necesarias para desempeñar el encargo;
* Mantener una visión garantista de los derechos humanos, así como proteger los derechos de las víctimas u ofendidos del delito y evitar la re-victimización; y
* Contar con un personal altamente capacitado en el tema del derecho a la libertad de expresión, entendiendo éste como la manifestación primaria y principal de quienes ejercen el periodismo.
A la fecha, las limitadas atribuciones conferidas a la FEADP y la falta de voluntad política para investigar resultan en que el 80% de los casos “determinados” por la Fiscalía lo constituyen aquellos casos enviados al archivo, los casos elevados a averiguación previa y casos remitidos a otras instancias por declararse incompetente. Es decir, la gran mayoría de los casos siguen bajo investigación, no han sido resueltos. Ello claramente plantea un escenario de impunidad.
Es innegable el déficit de credibilidad por el que atraviesa la FEADP, debido a la falta de voluntad política del Estado Mexicano en su conjunto para poner un alto a la espiral de violencia y autocensura que se ve incrementada por la impunidad que prevalece en los casos de agresiones en contra de quienes ejercen el periodismo en México.
Al día de hoy, la falta de resultados de la FEADP es innegable. La consignación de sólo cuatro casos ante el Poder Judicial en cuatro años da cuenta de ello.
Por ello, ARTICLE 19 hace un llamado urgente al Fiscal Especial Gustavo Salas Chávez a liderar las reformas necesarias para contar con un marco jurídico adecuado que le permita delimitar un espectro amplio del sujeto a proteger por la institución a su cargo, así como el objeto de la misma centrado en el bien jurídico a tutelar, el derecho a la libertad de expresión.
Del mismo modo, ARTICLE 19 reitera el llamado al Congreso de la Unión para que apruebe las reformas necesarias para proveer de facultades a la Federación para investigar y sancionar sobre las agresiones contra quienes ejercen el periodismo.
Además, ARTICLE 19 también hace un llamado para que la FEADP rinda sus informes de actividades de forma clara, precisa y transparente para una efectiva rendición de cuentas.
Conforme con los principios y estándares internacionales que debe cumplir toda entidad encargada de la investigación y persecución del delito, el Fiscal Especial deberá:
* Contar con independencia de gestión;
* Garantizar la ausencia de conflictos de interés;
* Contar con las capacidades técnicas necesarias para desempeñar el encargo;
* Mantener una visión garantista de los derechos humanos, así como proteger los derechos de las víctimas u ofendidos del delito y evitar la re-victimización; y
* Contar con un personal altamente capacitado en el tema del derecho a la libertad de expresión, entendiendo éste como la manifestación primaria y principal de quienes ejercen el periodismo.
A la fecha, las limitadas atribuciones conferidas a la FEADP y la falta de voluntad política para investigar resultan en que el 80% de los casos “determinados” por la Fiscalía lo constituyen aquellos casos enviados al archivo, los casos elevados a averiguación previa y casos remitidos a otras instancias por declararse incompetente. Es decir, la gran mayoría de los casos siguen bajo investigación, no han sido resueltos. Ello claramente plantea un escenario de impunidad.
Es innegable el déficit de credibilidad por el que atraviesa la FEADP, debido a la falta de voluntad política del Estado Mexicano en su conjunto para poner un alto a la espiral de violencia y autocensura que se ve incrementada por la impunidad que prevalece en los casos de agresiones en contra de quienes ejercen el periodismo en México.
Al día de hoy, la falta de resultados de la FEADP es innegable. La consignación de sólo cuatro casos ante el Poder Judicial en cuatro años da cuenta de ello.
Por ello, ARTICLE 19 hace un llamado urgente al Fiscal Especial Gustavo Salas Chávez a liderar las reformas necesarias para contar con un marco jurídico adecuado que le permita delimitar un espectro amplio del sujeto a proteger por la institución a su cargo, así como el objeto de la misma centrado en el bien jurídico a tutelar, el derecho a la libertad de expresión.
Del mismo modo, ARTICLE 19 reitera el llamado al Congreso de la Unión para que apruebe las reformas necesarias para proveer de facultades a la Federación para investigar y sancionar sobre las agresiones contra quienes ejercen el periodismo.
Además, ARTICLE 19 también hace un llamado para que la FEADP rinda sus informes de actividades de forma clara, precisa y transparente para una efectiva rendición de cuentas.
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